SUBSIDIO DE ARRIENDO ADULTO MAYOR.
El beneficio permite cubrir entre el 90% y el 95% del arriendo mensual. Revisa los detalles de esta postulación en la siguiente nota.
Según informa el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, hasta el lunes 17 de octubre se encontrarán disponibles las postulaciones al Subsidio de Arriendo Adulto Mayor, beneficio destinado a personas mayores de 60 años, a quienes les permite cubrir entre el 90% y el 95% del arriendo mensual, dependiendo del porcentaje de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH).
¿EN QUÉ CONSISTE EL SUBSIDIO DE ARRIENDO ADULTO MAYOR?
Es un beneficio destinado a personas mayores de 60 años, que no tienen una vivienda y se encuentran dentro del 70% de vulnerabilidad del RSH. Gracias a este subsidio, las personas mayores pueden arrendar una vivienda cuya renta mensual no exceda las 11 UF en zona regular, y las 13 UF si se trata de arriendos en las comunas de la Región Metropolitana, de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén y Magallanes.
Desde el Ministerio señalan que para acceder a este beneficio no se requiere ahorro mínimo ni estar arrendando al momento de postular y que en este llamado, junto con los factores de puntaje regulares, se entregará puntaje adicional por integrantes mayores de 60 años y/o con discapacidad (inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad) en el Núcleo Familiar.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR?
Tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario (2022).
Estar dentro del 70% de la población más vulnerable de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($167.085)*, equivalente a la Pensión Básica Solidaria de Vejez vigente al 2022.
No se debe contar con un ahorro mínimo.
*Valor de la UF al 31-07-2022 $33.417.
Además, con el objetivo de facilitar el acceso al Subsidio de Arriendo para Adultos Mayores, en este llamado se permitirá la postulación en las siguientes situaciones:
Personas que se encuentren postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49.
Tienen derechos en comunidad sobre una vivienda. Aplica para el postulante, su cónyuge y su núcleo familiar.
Obtuvieron una vivienda o subsidio habitacional y actualmente no son propietarios o propietarias de la vivienda.
Fueron beneficiarios o beneficiarias anteriormente de un subsidio de arriendo (si está caducado y sin deuda vigente).
IMPORTANTE
Junto con los factores de puntajes regulares del programa de arriendo (art. 25 Decreto Supremo Nº 52), se otorgará un puntaje adicional por edad de acuerdo a la siguiente edad de postulación:
De 60 a 64 años: 20 puntos.
De 65 a 69 años: 40 puntos.
De 70 a 74 años: 60 puntos.
75 años y más: 100 puntos.
¿CÓMO POSTULAR?
Las postulaciones se realizan de forma gratuita en el sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo https://arriendoenlinea.minvu.cl/ o de forma presencial en las oficinas de Serviu.
FUENTE: Ministerio de Vivienda y Urbanismo.